Retomamos la línea de difusión de los derechos que les asisten a los funcionarios del CEIP en cuanto trabajadores vinculados al organismo mediante una relación laboral, toda vez que así lo defina la Ley Nº 18.508 (Negociación colectiva en el marco de las relaciones laborales en el sector público).
Precisamente, si existe la perdurabilidad de algunos conceptos del pasado en cuanto a esta caracterización, y a la relación del funcionario público con el organismo empleador de que se trate, en este caso el CEIP, es justamente por la ausencia en la aplicación de las normas vigentes. Estas tienen que ver con el derecho a la determinación de las condiciones de trabajo, de todas ellas, no solo el salario, por parte de los funcionarios públicos y las organizaciones sindicales que los representan, y que se inscriben en lo que antiguamente (y no tan antiguamente) se denominaba “relación estatutaria”.